El llamado agotamiento de la vía administrativa procede, en cambio, cuando se trata de impugnación de actos administrativos de contenido laboral, los que son realizados por la Administración en el ejercicio de las potestades que como tal tiene en materia laboral.
¿Cuándo es obligatorio agotar la vía administrativa?
Son actos que agotan la vía administrativa: a) El acto respecto del cual no proceda legalmente impugnación ante una autoridad u órgano jerárquicamente superior en la vía administrativa o cuando se produzca silencio administrativo ne- gativo."
¿Qué actos administrativos agotan la vía administrativa?
Ponen fin a la vía administrativa: a) Las resoluciones de los recursos de alzada. b) Las resoluciones de los procedimientos a que se refiere el artículo 112.2. c) Las resoluciones de los órganos administrativos que carezcan de superior jerárquico, salvo que una Ley establezca lo contrario.
¿Cuando no es necesario el agotamiento de la vía administrativa?
b) No se requiere agotar la vía administrativa cuando la impugnación del acto en cuestión se fundamenta en la inconstitucionalidad de la norma.
¿Quién resuelve finalmente y da por agotada una vía administrativa en un procedimiento administrativo?
- Agotamiento de la vía administrativa La resolución del Tribunal del Servicio Civil que resuelve el recurso de apelación o la denegatoria ficta, agotan la vía administrativa, por lo que no cabe interponer recurso alguno. Contra las decisiones del Tribunal, corresponde interponer demanda contencioso administrativa.
¿Qué pasa si no agoto la vía administrativa?
228.1 Los actos administrativos que agotan la vía administrativa podrán ser impugnados ante el Poder Judicial mediante el proceso contencioso administrativo a que se refiere el artículo 148 de la Constitución Política del Estado.
¿Cómo se agota la vía administrativa en material municipal?
La vía administrativa se agota cuando se deciden todos los recursos administrativos, por decisión del último y más alto de ellos, en contra del recurrente, todo según expresa disposición del artículo 18, 1 antecitado.
¿Qué plazo hay para interponer recurso contencioso administrativo?
(i) El plazo para interponer el recurso contencioso-administrativo será de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación de la disposición impugnada o al de la notificación o publicación del acto que ponga fin a la vía administrativa, si fuera expreso.
¿Cuál es el plazo para interponer el recurso de revision?
El plazo para interponer el recurso de revisión será de 15 días hábiles contados a partir del día hábil siguiente a aquél en que hubiere surtido efectos la notificación de la resolución que se recurra, lo cual sucede el mismo día en que se practica la notificación conforme a lo establecido en el artículo 38 de la Ley ...
¿Qué quiere decir que agota la vía administrativa?
Ponen fin a la vía administrativa: a) Las resoluciones de los recursos de alzada. b) Las resoluciones de los procedimientos a que se refiere el artículo 112.2. c) Las resoluciones de los órganos administrativos que carezcan de superior jerárquico, salvo que una Ley establezca lo contrario.
¿Qué es el agotamiento en la vía administrativa?
Ahora bien, el agotamiento de la vía administrativa, consiste en la necesaria interposición de los medios recursivos que quepan en contra de un determinado acto administrativo, luego de lo cual, la Administración adoptará -en los casos en que resuelva en forma expresa-, el acto definitivo que causa estado.
¿Quién declara la lesividad de un acto?
Una vez la Administración que dictó el acto determine la inadecuación del mismo al ordenamiento jurídico y a los intereses generales, se acordará la declaración de lesividad por el órgano competente de la Administración General del Estado o de la Comunidad Autónoma correspondiente.
¿Cuáles son los actos administrativos impugnables?
Son impugnables en este proceso las siguientes actuaciones administrativas: 1. Los actos administrativos y cualquier otra declaración administrativa. 2. El silencio administrativo, la inercia y cualquier otra omisión de la administración pública.
¿Cómo se termina el proceso administrativo?
El procedimiento administrativo, además de por resolución, puede finalizar por desistimiento, renuncia o por la declaración de caducidad del procedimiento.
¿Quién puede anular un acto administrativo?
Un acto administrativo de carácter general, para sacarlo del ordenamiento jurídico, es anulable a través de la jurisdicción contenciosa en acción de nulidad, de conformidad con lo preceptuado por el art. 137 de la ley 1437 de 2011.
¿Qué es una causa contenciosa?
adj. Dicho de una persona: Que por costumbre disputa o contradice todo lo que otras afirman.
¿Cuáles son los tipos de recursos administrativos?
En la vía administrativa, existen tres clases de recursos administrativos, a saber: alzada, potestativo de reposición y extraordinario de revisión.
¿Qué es interponer recurso de alzada?
Consiste en recurrir los actos administrativos que no pongan fin a la vía administrativa. Puede interponerse ante el órgano que dictó el acto que se impugna o ante el competente para resolverlo (el órgano superior jerárquico del que los dictó).
¿Qué instancia S agota n la vía administrativa en materia de contratación pública en el sistema costarricense?
Es importante tener presente que en contratación administrativa, la resolución de un Recurso de Revocatoria también agota la vía administrativa (ver artículo 195 RLCA, segundo párrafo).
¿Qué plazos tiene la administración para tramitar y resolver el expediente?
El plazo máximo en el que la Administración debe comunicar la resolución, viene determinado en cada caso concreto, sin que se pueda superar los 6 meses. Si no se regula el plazo máximo de resolución, éste será de 3 meses.
¿Quién puede notificar un acto administrativo?
Personalmente con quien deba entenderse la diligencia, en el domicilio del interesado; Mediante oficio entregado por mensajero o correo certificado, con acuse de recibo.
¿Cuánto puede costar un recurso contencioso-administrativo?
Precio de un recurso contencioso administrativo
El precio de los recursos contencioso administrativos depende del tipo de procedimiento que se vaya a realizar. Por un lado, se pueden imponer unos costes fijos, que serán de 300 euros en el proceso ordinario, y 200 euros si se trata de un proceso abreviado.
El precio de los recursos contencioso administrativos depende del tipo de procedimiento que se vaya a realizar. Por un lado, se pueden imponer unos costes fijos, que serán de 300 euros en el proceso ordinario, y 200 euros si se trata de un proceso abreviado.
¿Por qué motivo puede producirse la finalizacion de un proceso contencioso-administrativo?
De conformidad con lo establecido en los artículos 67 a 77 de la LJCA, el procedimiento contencioso-administrativo puede finalizar por alguna de las siguientes modalidades: (i) Desistimiento del demandante. (ii) Allanamiento del demandado. (iii) Satisfacción extraprocesal de la pretensión.
¿Dónde se interpone un recurso administrativo?
Subdirección General de Recursos y Relaciones con los Tribunales.
¿Qué finalidad tiene el recurso de revisión?
este recurso persigue como finalidad principal la revisión de las decisiones que fueron adoptadas injustamente, es decir, por medios ilícitos o irregulares, pero no para tratar de enmendar los errores judiciales como los casos de inadecuada valoración de las pruebas (error de hecho), falta de aplicación de la norma ...
También te puede interesar...