¿Qué recurso agota la vía administrativa?

Pregunta de: Fernando F.
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Última edición: 22 noviembre 2023
El recurso potestativo de reposición La resolución que pone fin a este procedimiento agota la vía administrativa porque así lo dice la Ley de Procedimiento, por lo que podremos recurrirla en reposición ante el órgano que la dictó.

¿Qué recursos ponen fin a la vía administrativa?

Ponen fin a la vía administrativa: a) Las resoluciones de los recursos de alzada. b) Las resoluciones de los procedimientos a que se refiere el artículo 112.2. c) Las resoluciones de los órganos administrativos que carezcan de superior jerárquico, salvo que una Ley establezca lo contrario.

¿Qué recursos no ponen fin a la vía administrativa?

El recurso de alzada, reiteramos, se interpone frente a los actos que NO pongan fin a la vía administrativa. Sin embargo, el recurso de reposición únicamente podrá interponerse frente aquellos que SÍ pongan fin a la vía administrativa.

¿Qué es un acto que agota la vía administrativa?

Agotar la vía administrativa significa haber utilizado todos los recursos y procedimientos disponibles dentro de la Administración Pública para impugnar una decisión administrativa. Es un requisito necesario para acceder a otras vías de defensa, como la jurisdiccional.

¿Cuándo es necesario agotar la vía administrativa?

Esta se entenderá agotada cuando hayan transcurrido más de quince días hábiles desde la fecha de la presentación del reclamo, sin que los organismos correspondientes hayan dictado resolución firme".

¿Qué diferencia hay entre recurso de alzada y reposición?

El recurso de alzada, reiteramos, se interpone frente a los actos que NO pongan fin a la vía administrativa. Sin embargo, el recurso de reposición únicamente podrá interponerse frente aquellos que SÍ pongan fin a la vía administrativa.

¿Qué pasa si no agoto la vía administrativa?

Los actos administrativos que agotan la vía administrativa podrán ser impugnados ante el Poder Judicial mediante el proceso contencioso-administrativo a que se refiere el artículo 148 de la Constitución Política del Estado.

¿Qué recurso cabe contra un acto firme en vía administrativa?

Como su nombre lo indica, el recurso extraordinario de revisión en vía administrativa es un medio de impugnación de carácter excepcional que se interpone contra actos administrativos firmes y que ya no pueden reclamarse a través de los recursos ordinarios de alzada o potestativo de reposición.

¿Cuántos tipos de recursos administrativos hay?

1º) recurso de reconsideración; 2º) recurso jerárquico no reglado; 3º) recurso jerárquico propio; 4º) reclamación administrativa; 5º) denuncia de ilegitimidad.

¿Qué plazo hay para interponer recurso contencioso-administrativo?

(i) El plazo para interponer el recurso contencioso-administrativo será de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación de la disposición impugnada o al de la notificación o publicación del acto que ponga fin a la vía administrativa, si fuera expreso.

¿Cómo se llama el acto que pone fin al procedimiento administrativo?

Mediante la Resolución, la Administración pone fin al procedimiento y decide sobre todas las cuestiones planteadas por los interesados a lo largo del expediente y aquellas otras derivadas del mismo.

¿Quién resuelve finalmente y da por agotada una vía administrativa en un procedimiento administrativo?

- Agotamiento de la vía administrativa La resolución del Tribunal del Servicio Civil que resuelve el recurso de apelación o la denegatoria ficta, agotan la vía administrativa, por lo que no cabe interponer recurso alguno. Contra las decisiones del Tribunal, corresponde interponer demanda contencioso administrativa.

¿Qué significa el recurso de reposición?

Herramienta ordinaria utilizada contra las decisiones administrativas, con la cual se busca que la persona que tomó la decisión evalúe las inconsistencias presentadas en el acto administrativo, con el fin de que el mismo sea revocado o reformado de acuerdo con los argumentos presentados.

¿Cuándo se produce el agotamiento de la vía administrativa?

Esta se entenderá agotada cuando hayan transcurrido más de quince días hábiles desde la fecha de la presentación del reclamo, sin que los organismos correspondientes hayan dictado resolución firme".

¿Cómo se agota la vía administrativa en material municipal?

La vía administrativa se agota cuando se deciden todos los recursos administrativos, por decisión del último y más alto de ellos, en contra del recurrente, todo según expresa disposición del artículo 18, 1 antecitado.

¿Qué es interponer recurso de alzada?

Consiste en recurrir los actos administrativos que no pongan fin a la vía administrativa. Puede interponerse ante el órgano que dictó el acto que se impugna o ante el competente para resolverlo (el órgano superior jerárquico del que los dictó).

¿Que viene después del recurso de alzada?

El recurso de reposición es un recurso administrativo de ilegalidad, ordinario, potestativo, no devolutivo y no suspensivo que procede frente a los mismos actos que el recurso de alzada siempre que pongan fin a la vía administrativa.

¿Qué actos se pueden recurrir en alzada?

Por ejemplo, resoluciones de la Seguridad Social, INSS, tesorería, Hacienda…, en materia de personal, expediente sancionador, resoluciones de tribunales calificadores en procedimientos de selección públicos, en materia sancionadora general, etc.

¿Que hay después del recurso de alzada?

Una vez la Administración haya dictado la resolución del recurso de alzada, no cabrá interponer ningún otro recurso administrativo, por lo que sólo se podrá acudir a la vía judicial, a través de un recurso contencioso-administrativo.

¿Cuál es el plazo para interponer el recurso de revision?

El plazo para interponer el recurso de revisión será de 15 días hábiles contados a partir del día hábil siguiente a aquél en que hubiere surtido efectos la notificación de la resolución que se recurra, lo cual sucede el mismo día en que se practica la notificación conforme a lo establecido en el artículo 38 de la Ley ...

¿Cómo se puede impugnar un acto administrativo?

Impugnación de Actos Administrativos. Las formas de impugnación de los actos administrativos tienen por objeto modificar, reemplazar, anular o revocar en sede administrativa un acto administrativo por el cual una persona se siente menoscabada. La elección de la vía judicial impide la impugnación en vía administrativa.

¿Qué son los recursos administrativos y ejemplos?

¿Qué son los recursos administrativos? Los recursos administrativos son actuaciones de los ciudadanos particulares que permiten solicitar a la Administración la modificación o revocación de una resolución o un acto administrativo, al no considerarlos acordes con el ordenamiento jurídico.

¿Cuál es el error de hecho?

El error de hecho es cuando la administración interpreta o comete un fallo a la hora de interpretar unos hechos o circunstancias que han ocurrido, o bien, comete un fallo o un error a la hora de tener en cuenta circunstancias, datos etc.

¿Cuánto puede costar un recurso contencioso-administrativo?

Precio de un recurso contencioso administrativo

El precio de los recursos contencioso administrativos depende del tipo de procedimiento que se vaya a realizar. Por un lado, se pueden imponer unos costes fijos, que serán de 300 euros en el proceso ordinario, y 200 euros si se trata de un proceso abreviado.

¿Quién no puede interponer recurso contencioso-administrativo?

No pueden interponer recurso contencioso-administrativo contra la actividad de una Administración pública: a) Los órganos de la misma y los miembros de sus órganos colegiados, salvo que una Ley lo autorice expresamente. b) Los particulares cuando obren por delegación o como meros agentes o mandatarios de ella.

¿Cuando una resolucion es firme en vía administrativa?

A su vez, un acto es firme en vía administrativa cuando contra el mismo ya no cabe recurso ordinario alguno ante la Administración, es decir de alzada o reposición (ya sea porque no exista la posibilidad de recurso ya porque haya transcurrido el plazo para interponerlo).
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